Requisitos para la apertura y funcionamiento de una Droguería
- Las droguerías para su apertura y funcionamiento deben cumplir los requisitos establecidos en el Código Nacional de Policía Ley 1801 de 2016 Artículo 87.
- De conformidad con la Resolución 10911 de 1992 para su apertura:
- Informar por escrito en qué fecha y dirección, a la Subred Integrada de Servicios de Salud del área de influencia (oficina de Atención al Ambiente) o a la Secretaría de Salud departamental.
- El local para instalación de la droguería debe tener un área de mínimo veinte (20) metros cuadrados, ser independiente de cualquier actividad o vivienda y contar con facilidad de acceso al público.
- En cuanto a la dirección técnica, darse cumplimiento a lo dispuesto en el decreto 1950 de 1964, el Decreto 780 de 2016 y demás reglamentación vigente.
- Los procesos, procedimientos, venta de productos y procedimientos permitidos como la inyectología se encuentran contemplados especialmente en la Resolución 1403 de 2007 y el Manual que Adopta (Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico).
- Implementar y Desarrollar un Sistema de Gestión de Calidad, en el marco del Decreto 780 de 2016 y la Resolución 1403 de 2007 capítulo IV artículo 17; los procesos, procedimientos, venta de productos y procedimientos permitidos como la inyectología se encuentran contemplados especialmente en la Resolución 1403 de 2007 y el Manual que Adopta (Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico).
- Para el manejo de residuos generados en estos establecimientos el Decreto 780 de 2016 (compiló el Decreto 351 de 2014) y la Resolución 1164 de 2002, establecen las principales exigencias.
Pasos
1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el tramite
La secretaria de Salud verificará que el solicitante cumpla con :
- Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos que se realicen y personas que laboren
- Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de sus áreas
- Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice.
Tener en cuenta:
En caso de ser droguería, anexar :
- Diploma o certificado : 1 Copia(s) - como químico farmacéutico, tecnólogo en regencia de farmacia, director de droguería, farmacéutico licenciado, o expendedor de drogas, quién efectuará la dirección de la droguería.
Documentos:
- Certificado de uso de suelo : 1 Copia(s)
- Certificado de idoneidad sanitaria : 1 Copia(s)
2. Radicar la documentación requerida
FIJO 6610555 Ext. 1110 , Horario 8:00am a 11:30am a 2:00pm a 5:30pm
Medio: CORREO eruizp@meta.gov.co
3. Esperar la visita de inspección
Para mas informacion dirigirse a :
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